La Opinión de Cuenca

Magazine semanal de análisis y opinión

Hechos y derechos


No me refiero, como puede sugerir a los biempensantes lectores, que estoy hablando de personas que han madurado de forma apropiada, convirtiéndose en mujeres y hombres hechos y derechos, como decían nuestras abuelas.

No es eso, pero tiene mucho que ver. En el mundo del Derecho, con mayúsculas, la división entre Hechos y Derecho remite, como primer pensamiento, al fundamento de la responsabilidad a través de una resolución. Así, en primer lugar, se establecen los hechos, ya que es sobre ellos sobre los que se construye el fundamento jurídico que permite la justificación de la resolución.

Los hechos son, por lo tanto, parte nuclear de cualquier razonamiento jurídico y su establecimiento, el eje sobre el que se articula el éxito de una pretensión. En función de la especialidad por razón de la materia jurídica de que se trate, podemos estar ante antecedentes de hecho o de hechos probados, pero en ambos casos con una actividad probatoria suficiente para declarar esos hechos como ciertos. Da igual que el hecho sea, a su vez, de contenido jurídico o que se trate de un hecho material, que se trate de una relación definida por la ley o que describa una situación perceptible por los sentidos. Por ejemplo, un hecho puede ser que Fulanita y Menganito han contraído matrimonio tal día en tal lugar y también que Zutanito le ha pegado a su vecino un puñetazo en un ojo.

Estas situaciones deben ser acreditadas, en primer lugar, y a partir de ahí se establece la aplicación de la ley. Es decir, que el fundamento del derecho se basa en el hecho preexistente y no al revés, no es el hecho el que se amolda y ahorma para que encaje en la norma jurídica.

Esto era así hasta que apareció una nueva filosofía política, moral y con aspiraciones a jurídica que dice que el sentimiento es un hecho. Esto significa que las cosas sólo son reales en función de cómo las percibimos. El mito de la caverna redivivo, pero con aspiraciones absolutistas.

Una persona se siente mujer, hombre o lo que sea y eso, en el pensamiento mágico identitario, debe tener efectos jurídicos inmediatos frente a todos los demás, que deben asumir el sentimiento como hecho, ni siquiera como equivalencia, so pena de exclusión por loqueseafóbo y fascistón.

Esa confusión, que subyace detrás de lo que se conoce como movimiento woke, ha pasado de reivindicar la defensa de los derechos humanos, especialmente contra el racismo desde el movimiento Black Lives Matter, o los abusos sexuales con el #MeToo, hasta el acoso y la injuria a las feministas que reivindican la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres y que, por lo tanto, niegan que un señor de pelo en pecho pueda echar por la borda esa lucha de décadas por la igualdad para competir con ventaja en ligas femeninas o para obligar a tu abuela a compartir habitación con él/ella/elle en la residencia de ancianos.

Pasamos del hecho biológico, cierto, a la sensación identitaria y fluida, que atenta directamente contra la seguridad jurídica y, por qué no decirlo, personal de tantas mujeres víctimas.

Y si no estás de acuerdo, se cercena el más básico y elemental derecho democrático, amordazando tu libertad de expresión bajo una férrea dictadura de apariencia políticamente correcta.

Mucho me temo que estas corrientes empáticas de telefilm de sobremesa nos van a producir muchos problemas sociales y jurídicos. Porque todos empatizamos con las personas que sufren o dicen que sufren. Pero la empatía también la deberíamos tener con la joven que no puede triunfar en un deporte porque su esfuerzo y superación no puede equipararse a la hormona. O porque las mujeres estén más expuestas en una prisión, residencia u hogar de protección donde haya “mujeres con pene”.

El absoluto del “yo si te creo, hermana” no sirve en derecho, porque el hecho hay que acreditarlo y no sólo invocarlo. El derecho penal es el derecho de las garantías, también para las personas más indeseables de la sociedad, porque garantizarles su derecho es garantizar el de todos. Y apreciar en toda su hermosura el lenguaje jurídico, los matices maravillosos que hacen que, por ejemplo, el Código Penal distinga entre los que SON autores y los que SE CONSIDERAN autores.

Es el mínimo imprescindible para que el hecho impere. Es el mínimo imprescindible para afirmar una democracia madura. Hecha y derecha.

Silvia Valmaña Ochaita es Profesora Titular de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha

 

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